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El gobierno ofrece préstamos personales de hasta $ 1.200.000 en cuotas fijas

Con el objetivo de acompañar económicamente a los artistas nacionales el Gobierno de la Nación anunció que sigue en vigencia el programa para que puedan solicitar préstamos personales ante el Fondo Nacional de las Artes (FNA).

Una vez que tengan acceso a dicho dinero, los mismos deben destinarlo en las compras y las actividades que estén relacionadas con su actividad artística.

Por otro lado, es importante recordar que para solicitarlo no hace falta ir de manera presencial a las oficinas ya que se puede hacer el trámite de manera online.

Una vez que realicen el registro con todos los datos personales y los requisitos necesarios, deben esperar a que su solicitud sea aceptada por las autoridades.

Los préstamos personales en minicréditos para artistas van hasta los $ 350.000 pesos, en hasta 36 cuotas mensuales y una tasa fija de 10%.

Los préstamos a ventanilla abierta son hasta $1.200.000, en 60 cuotas fijas y con una tasa de interés del 12%.

PRÉSTAMO PARA ARTISTAS: ¿QUIÉNES PUEDEN ACCEDER?

Cómo se mencionó anteriormente, dicho crédito está destinado exclusivamente para los artistas como:

  • Músico
  • Escritor
  • Realizador cinematográfico
  • Bailarín
  • Actor
  • Escenógrafo
  • Director de teatro
  • Artista plástico
  • Arquitecto
  • Diseñador
  • Artesano

PRÉSTAMO PARA ARTISTAS: ¿CÓMO SE PUEDE USAR EL DINERO?

Ya que la posibilidad de solicitar un préstamo para los artistas es con el objetivo de impulsar a los artistas nacionales, el dinero debe ser destinado en lo siguiente:

  • Compra de instrumentos musicales,
  • Equipamiento de filmación,
  • Cerámica,
  • Telares,
  • Enmarcado de obras,
  • Equipamiento informático,
  • Edición de libros o CD,
  • Montaje de obras,
  • Viajes de perfeccionamiento artístico.

PRÉSTAMO PARA ARTISTAS: TODOS LOS REQUISITOS

  • Es indispensable la presentación de un garante.
  • En caso de que no cuentes con ingresos suficientes para el pago de las cuotas, podés presentar un codeudor que asuma la responsabilidad de los pagos.
  • Tu cónyuge no puede ser garante del préstamo, pero sí codeudor.
  • Si sos jubilado con actividad independiente, podés solicitar el crédito sin pasar de los 75 años al momento de cancelación. En caso contrario, lo podés pedir con un codeudor.
  • Tu garante y/o codeudor no pueden estar jubilados ni tener 60/65 años (según corresponda) a la fecha de cancelación.

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