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Elecciones 2023: ya hay cronograma electoral

La Junta Electoral Tucumán se reunió durante la mañana de hoy para analizar en detalle la convocatoria a elecciones de renovación de autoridades provinciales para el domingo 14 de mayo de 2023 y resolvió aprobar el calendario electoral elaborado para llevar a cabo el proceso electoral.

El alto cuerpo electoral está presidido por el titular de la Corte Suprema de Justicia, Dr. Daniel Leiva, y lo integran el Ministro Pupilar y de la Defensa, Dr. Washington Héctor Navarro, y el Ministro Público Fiscal, Dr. Edmundo Jiménez. 

El Poder Ejecutivo provincial realizó la convocatoria a elecciones mediante el Decreto 3404 del 17 de octubre de 2022 y publicado en el Boletín Oficial del 19 del mismo mes.

El electorado de la provincia procederá a emitir su voto en la fecha fijada con el objetivo de elegir gobernador y vicegobernador, para lo cual se divide a la provincia en tres secciones conforme al Artículo 43, Inciso 9° de la Constitución de Tucumán.

También se elegirán 49 legisladores, que se distribuyen de la siguiente manera: 19 legisladores titulares y 10 suplentes por la Sección Electoral 1; 12 titulares y 6 suplentes por la Sección Electoral II; y 18 titulares y 9 suplentes por la Sección Electoral III.

Cabe resaltar que la Sección Electoral I incluye los circuitos del 1 al 22; la Sección Electoral II a los circuitos 94 al 211; y la Sección Electoral III comprende los circuitos del 23 al 93 y del 212 al 234.

También se convocó a elegir intendente y concejales en todos los municipios de la provincia. En la Municipalidad de San Miguel de Tucumán se elegirán 18 concejales titulares y 9 suplentes; y en los municipios de Banda del Río Salí, Tafí Viejo y Concepción, 12 ediles titulares y 6 suplentes. En Aguilares, Las Talitas, Juan Bautista Alberdi, Famaillá, San Isidro de Lules, Alderetes, Simoca, Bella Vista, Monteros y Yerba Buena se elegirán 10 concejales titulares y 5 suplentes; mientras que La Cocha, Tafí del Vale, Graneros, Burruyacu y Trancas se votará por 6 titulares y 3 suplentes.

También se convocó al electorado de las comunas rurales de la provincia a elegir en la misma fecha al comisionado comunal de cada una de las jurisdicciones.

Finalmente, el decreto del Poder Ejecutivo dispone que los comicios se regirán por “el Régimen Electoral Provincial de la Ley N° 5.454, Ley N° 7.876 en sus textos consolidados, sus modificatorias y leyes concordantes, las normas del Código Electoral de la Nación, sin perjuicio de los Padrones Complementarios y de Extranjeros que prevé la legislación vigente”.

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