La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar a la impugnación del Ministerio Público Fiscal y anuló los sobreseimientos de diversos imputados que habían sido indagados por su intervención en maniobras tendientes a dotar de una apariencia lícita a dinero de presunto origen espurio en la causa «Sueños Compartidos».
La decisión fue tomada por esa sala integrada el doctor Gustavo M. Hornos como presidente y los doctores Javier Carbajo y Mariano Hernán Borinsky como vocales.
En la causa se investiga como hipótesis delictiva que Sergio Mauricio y Pablo Guillermo Schoklender, valiéndose del prestigio y trayectoria de la Asociación Madres de Plaza de Mayo, habrían utilizado a la fundación de la cual eran apoderados, en connivencia con funcionarios públicos nacionales, provinciales y municipales, para gestionar y obtener ilegítimamente fondos de la Secretaría de Obras Públicas dependiente del Ministerio de Planificación Federa para la construcción de viviendas sociales, parte de los cuales habrían sido luego detraídos de su destino específico.
El expediente central de la causa por el desvío de 160 millones de pesos de fondos públicos ya fue elevado a juicio oral y público.
Para ello contaron con la colaboración de otros empleados infieles de la fundación, así como también con terceras personas y empresas que fueron utilizadas para dar apariencia lícita a las sumas dinerarias ilegítimamente percibidas.
En esta oportunidad, tres personas fueron indagadas por su intervención en diferentes maniobras mediante las cuales se habría intentado dar una apariencia de licitud a los montos dinerarios que habrían sido percibidos ilegítimamente como resultado de aquella presunta defraudación. Se trata de Leonardo Alejandro Hubscher, Walter Abel Cavagliato y Federico Segura.
La Sala IV, con el voto liderante del juez Mariano Hernán Borinsky, sostuvo que la resolución de la cámara de apelaciones -que había confirmado los sobreseimientos de los imputados- omitió examinar cuestiones que la fiscalía había llevado a su conocimiento y que resultaban pertinentes para determinar, según cada caso, la eventual intervención penalmente relevante y el conocimiento de los hechos ilícitos por parte de los sospechosos.
Los jueces de la casación consideraron que no fueron expuestas razones suficientes para sustentar los sobreseimientos recurridos y que, de momento, no se había arribado a la certeza negativa que requiere un temperamento semejante en la etapa procesal que transita la causa