El juez de la Cámara Federal de Casación Penal Alejandro Slokar rechazó hoy la recusación planteada por las defensas del expresidente Mauricio Macri y los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI), Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, quienes pretenden que el magistrado no integre la sala del tribunal que deberá revisar sus sobreseimientos en la causa en la que se investiga el supuesto espionaje a los familiares de los tripulantes del submarino ARA San Juan, que se hundió en 2017.
“Los argumentos traídos no exhiben encuadre en ninguna de las causales que prevé el artículo 55 del digesto de rito, ni se advierte la concurrencia de alguna de las situaciones atendidas por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re “Llerena” (Fallos: 328:1491) y “Dieser” (Fallos: 329:3034), que permitan habilitar el apartamiento reclamado”, sostuvo el juez Slokar en un informe presentado hoy al que tuvo acceso Télam.
A partir de su presentación, serán sus colegas de la sala segunda del máximo tribunal penal, Guillermo Yaconucci y Ángela Ledesma, quienes deberán resolver si aceptan el pedido de las defensas y apartan al juez o comparten el criterio del magistrado y lo confirman como integrante del tribunal para intervenir en este expediente.
Para reclamar su apartamiento, las defensas habían recurrido a tres argumentos: la identificación del juez con el espacio Justicia Legítima; sus declaraciones públicas vinculadas a las presiones que sufrieron distintos colegas y el hecho de que estuviera apartado de intervenir en el denominado caso D’Alessio, que en su origen había sido declarado conexo con la causa del espionaje a los familiares de los tripulantes del ARA San Juan.
“El temperamento adoptado en la instancia de origen no puede resultar vinculante para esta Cámara si no encuentra arraigo en la posibilidad de incurrirse en sentencias contradictorias, por cuanto la ratio de la unificación de causas en una sala debe apuntar a favorecer la armónica aplicación de la ley, evitando pronunciamientos contradictorios y de tal manera, guarda correlato con la mejor administración de justicia”, sostuvo el juez al citar un criterio establecido por la propia Casación.
“Tampoco los planteos sobre un pretendido temor de parcialidad por mi actuación pública exhiben la motivación suficiente que posibilite sustentar mínimamente el extremo aducido para la exclusión”, continuó.
“Cabe destacar que las expresiones fueron formuladas en cumplimiento de atribuciones legales y reglamentarias como presidente del cuerpo, sólo concernieron al funcionamiento independiente del sistema judicial y, además, no realizaron referencia alguna a los hechos objeto del presente ni a ninguno de los imputados, razón por la que no dan cuenta de animadversión a su respecto”, sostuvo el juez.
“Por fin, el cuestionamiento a la pertenencia a la Asociación Civil Justicia Legítima desde siempre ha sido desestimado por este tribunal”, remató el magistrado.
La causa llegó a estudio de la Cámara Federal de Casación Penal a partir de las presentaciones de los familiares nucleados en torno a los abogados Valeria Carreras y Luis Tagliapietra -representantes de sendas querellas que sigue los familiares de los tripulantes del submarino- como también del Ministerio Público Fiscal.
En ese contexto, los abogados defensores de Macri, Arribas y Majdalani invocaron la conexidad con la causa del falso abogado Marcelo D’Alessio.
De ese caso, Slokar fue apartado luego de una presentación formulada por la fundadora de la Coalición Cívica (CC), Elisa Carrió, que se tuvo por imputada luego de ser notificada de que su nombre aparecía en el expediente.
El caso D´Alessio, iniciado con una denuncia del empresario Pedro Etchebest ante el juzgado federal de Dolores, tiene que ver con una supuesta extorsión por parte del falso abogado, quien le habría exigido una suma de dinero a los fines de evitar su vinculación en el marco de la denominada causa “Cuadernos”.
En ese megaproceso se investiga una asociación ilícita que desde 2016 a febrero de 2019 planificó y ejecutó actividades de investigación, recolección, clasificación, almacenamiento y análisis de información vinculada a personas en causas judiciales, a partir de la cual llevaban adelante maniobras extorsivas y coactivas.
También allí se estableció que la organización criminal reunía información solo asequible para organismos públicos.
En el marco de aquella investigación se avanzó sobre el papel que jugaron las denominadas “bases AMBA” de la AFI y en ese contexto se llegó a la información que daría cuenta del posible espionaje a los familiares de las víctimas del hundimiento del submarino San Juan.
En el informe practicado conforme el artículo 61 del Código Procesal, Slokar, con cita de los precedentes de la Corte Suprema y desecha su apartamiento denunciando un “medio espurio para apartar a los jueces del conocimiento de la causa que por norma legal le ha sido atribuido”, como también descarta su exclusión por expresiones públicas o su carácter de miembro fundador de “Justicia Legítima”.
Slokar fue convocado a integrar la Sala II para este caso en reemplazo del camarista Carlos Mahiques, apartado de la causa tras ser recusado por las querellas conformadas por familiares de submarinistas representados por los abogados Carreras y Tagliapietra, quienes le atribuyeron amistad con el expresidente.
El submarino ARA San Juan se hundió el 15 de noviembre de 2017 frente al Golfo de San Jorge, cerca de Comodoro Rivadavia, cuando regresaba desde Ushuaia hacia la Base Naval de Mar del Platacon 44 tripulantes a bordo.
Macri había sido procesado por el juez federal de Dolores, pero luego la Cámara Federal revocó esa medida, decisión que fue apelada y llevó el sumario a la Cámara Federal de Casación Penal.
Al momento de dejar sin efecto el procesamiento, los camaristas Pablo Bertuzzi, Leopoldo Bruglia y Mariano Llorens consideraron que el acercamiento de personal de seguridad de Macri a los familiares o averiguaciones sobre sus actividades no tenían otro motivo que la seguridad presidencial.