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La urna esta bien preservada. Sigue la disputa por la «banca 19»

Por ahora, la urna de la controversia en la causa judicial por la «banca 19» de la Capital de la próxima composición legislativa se mantendrá a resguardo en la sede de la Junta Electoral Provincial (JEP).

La Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo, con los votos de Sergio Gandur y de Ebe López Piossek, rechazó el recurso de revocatoria interpuesto por el legislador electo Hugo Ledesma y por el acople oficialista «Activar» sobre la cautelar que había ordenado la conservación de toda la documentación correspondiente a la mesa 1.328 de la Capital.

La sentencia interlocutoria fue dictada en el marco de la acción de amparo interpuesta por el dirigente alfarista Enrique Pedicone (Compromiso con el Pueblo-JxC), quien había planteado esta demanda para requerir la nulidad de los resultados arrojados durante el conteo final respecto a esa urna.

Por seis votos

El escrutinio definitivo a cargo de la JEP determinó que el dirigente del acople oficialista Activar, Ledesma, había sido electo en los comicios del 11 de junio, al reunir 10.725 votos. 

El postulante alfarista Pedicone quedó a sólo seis voluntades del bancario, con 10.719 sufragios.

Según el ex magistrado, el acta oficial de la mesa 1.328 fue “adulterada y vandalizada” por una funcionaria del órgano de control, quien “realizó tachones, raspaduras, sustituciones y reasignaciones de votos y cifras de manera obscena, con el fin de hacer cuadrar los números a favor del partido Activar”.

El legislador electo Ledesma y el apoderado de su acople, Eduardo Bourlé, refutaron los dichos de Pedicone, y sostuvieron que el escrutinio definitivo se llevó adelante «con total normalidad».

En esa línea, al responder la acción judicial, alegaron que la demanda del dirigente de JxC “constituye una maniobra alejada del derecho y de la buena fe”, y apuntaron que su objetivo es “intentar desesperadamente revertir un resultado electoral que le fue desfavorable, desoyendo la voluntad popular legítimamente expresada en las urnas”.

En ese escrito, Ledesma y Bourlé -patrocinados por la abogada Patricia Neme– requirieron el cese de la cautelar dictada en julio pasado por la Sala III para disponer el resguardo de toda la documentación vinculada a la mesa 1.328, evitando así su destrucción junto con el resto del material utilizado en los últimos comicios provinciales.

«Escapa a nuestro razonamiento que el actor quiera resguardar la urna de una mesa que, según manifiesta, se encontraría viciada y debe a su criterio ser anulada. ¿Para qué pretende conservarla? Entendemos que se trata de un sinsentido», señalaron los dirigentes bancarios.

La Sala III del fuero contencioso, al considerar las posturas de las partes, interpretó que la argumentación de los representantes de «Activar» no logró demostrar «que haya mediado un error u omisión grave en la apreciación de los hechos» que habían justificado el dictado de la medida objetada.

«No debe pasarse por alto que el actor (Pedicone) también pidió que se dicte una cautelar que suspenda cualquier Resolución de la JEP que tenga como objeto proclamar como legislador electo al candidato (Ledesma), cuestión a la que no se hizo lugar precisamente para conciliar los derechos subjetivos de terceros que -hasta ese momento- eran ajenos a este proceso», añadieron los vocales.

En otro párrafo, destacaron que, al momento de firmar la disposición recurrida, «se avizoró que resultaba procedente por haberse acreditado un perjuicio inminente, no evitable sino mediante dicha medida: la orden de quemar la urna cuestionada dos días después de la fecha en la que se dictó la cautelar».

«De esta manera, Presidencia de esta Sala apreció que, de no adoptarse la medida cautelar, se podían perjudicar seriamente los intereses del actor, a la vez que se tuvo presente que lo ordenado no implicaba un adelanto de la resolución del fondo del asunto», indicaron los magistrados. Y agregaron que, en este punto, «no debe soslayarse la interrelación entre la verosimilitud del derecho y el peligro en la demora».

Por ello, finalmente, Gandur y López Piossek resolvieron «no hacer lugar al recurso de revocatoria interpuesto por Hugo Ledesma y el partido político ‘Activar'» contra la cautelar que dispuso el resguardo de la urna de la polémica.

Prueba pendiente y pedido de sentencia

La causa judicial por la «banca 19» parece haber avanzado hasta una instancia definitiva en el ámbito del fuero contencioso administrativo, al punto de que la Provincia de Tucumán, a través de la Fiscalía de Estado, consideró que la Sala III está en condiciones de pasar a dictar la sentencia de fondo.

Sin embargo, todavía hay pasos pendientes en este expediente. Y uno de ellos refiere a una prueba requerida por el partido «Activar».

Por orden del vocal Gandur, se ordenó que la empresa MSA SA, a cargo de los servicios electorales en los comicios del 11 de junio, elabore un informe en el que se detallen «las medidas adoptadas para la trasmisión de los telegramas desde las Mesas receptoras de votos», así como «la seguridad informática brindada a dichas transmisiones y la auditoría del sistema en relación a la mesa 1.328, como así también todo otro aspecto de interés relativo a la misma».

Uno de los interrogantes en este proceso gira en torno a si el fallo de fondo se producirá en lo inmediato, como pidieron la Provincia y el alfarista Pedicone, teniendo en cuenta que a fines de octubre se concretará la renovación del Poder Legislativo.

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