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Argentina, un festival de planes sociales

En momentos de reflexión electoral, en donde las diferentes ofertas políticas van de punta a punta, desde la presencia hasta la ausencia del Estado, cabe hacerse la pregunta de si puede prescindirse totalmente de su intervención; o, si en cambio, debe mejorarse su participación haciéndola más eficiente. Los errores en la política económica de más de dos décadas dieron como resultado el aumento, año tras año, de los planes de asistencia del Estado.

Desde hace más de dos décadas existe un porcentaje importante de la población que fue expulsado por el sistema, que no eligió estar en ese lugar. Fueron excluidos por las distintas políticas económicas implementadas por los gobiernos que se sucedieron, siendo la economía una materia pendiente que tiene la democracia.

Luego de las elecciones de las PASO, del año 2019, el gobierno anterior observando los resultados obtenidos giró 180 grados su política tributaria aplicando medidas con beneficios para las personas individuales, a favor de las pequeñas y medianas empresas e implementando la devolución del IVA para trece productos de la canasta básica de alimentos.

Ahora, casualmente luego de los resultados de las elecciones PASO, el ministro de Economía vuelve a insistir con el reintegro del impuesto para ciertos sectores de la economía. En todos estos casos, en que se implementan medidas de alivio fiscal, colisionan la macro con la microeconomía. Para la macro, estas medidas desacomodan el tablero de las variables: por ejemplo, la inflación y el déficit fiscal. En cambio, para la micro, que representa a la economía del bolsillo de la gente, significan un reconocimiento de la inflación en los precios y un tibio remedio de los errores causados por las políticas económicas aplicadas.

El anuncio del ministro de Economía, que debería plasmarse en una ley, pero que seguramente se llevará a la práctica el lunes a través de un decreto, promete la devolución del Impuesto al Valor Agregado, para las compras realizadas con tarjetas de débito efectuadas por los trabajadores que quedaron afuera del beneficio en el Impuesto a las Ganancias, los monotributistas, los jubilados y para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo.

En la conferencia de prensa, el ministro de Economía anunció la devolución «sistémica» del IVA sobre las compras efectuadas utilizando tarjetas de débito, para los siguientes consumidores:

– Trabajadores que cobren hasta $ 780.000 de remuneración bruta.

– Jubilados y pensionados

– Monotributistas que no tengan otros ingresos, sin importar la categoría en que estén inscriptos.

– Beneficiarias de la Asignación Universal por Hijo (AUH).

– Trabajadores del régimen de casas particulares.

Según el comunicado, la devolución re realizaría dentro de las 48 horas, en la misma tarjeta de débito. El tope del reintegro sería de hasta $ 18.800, para las compras de alimentos y los productos de higiene personal, que integran la canasta básica.

Lo que aún falta ver es cómo se implementarán las medidas: 1) Una opción, de más difícil implementación, consiste en reintegrar IVA facturado en cada compra que realicen los sectores beneficiados. Existen alimentos que están alcanzados por el IVA al 10,5%, otros al 21% y muy pocos, como la leche que se encuentra exenta. Por otro lado, el IVA se aplica en la medida que el comercio se encuentre inscripto en el tributo. Si en cambio, son comercios monotributistas no cobran IVA. Además debe definirse el listado de bienes beneficiados con el reintegro. Otro camino, más sencillo, consiste en reintegrar un porcentaje del consumo realizado por las personas, sin importar si esos bienes pagan IVA y la condición tributaria del comercio.

El ministro de Economía, Sergio Massa, durante los recientes anuncios para aplacar los efectos de la inflación.

Adicionalmente a lo anunciado, existen vigentes reintegros para sectores vulnerables, previstos en la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva, del año 2019, que casualmente vence a fin de año. Consiste en un reintegro del 15% del monto total de todas las compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas por jubilados y pensionados que cobren el haber mínimo y beneficiarias de la AUH y de la Asignación por Embarazo, siempre que sean realizadas con la tarjeta de débito donde se percibe la jubilación, pensión y/o asignación.

Se accede por las compras con tarjetas de débito realizadas en minimercados, supermercados, hipermercados, almacenes de barrio, kioscos y perfumerías, que están inscriptos ante la AFIP, efectuadas por:

– Jubilaciones y pensiones por fallecimiento, en un monto mensual que no exceda la suma de 3 haberes mínimos garantizados.

– Asignaciones Universales por hijo (AUH)

– Asignaciones por Embarazo (AUE)

– Pensiones no contributivas nacionales, en una suma mensual que no exceda el haber mínimo garantizado

El importe del reintegro, mensual y por beneficiario, llega a $ 18.000, para los jubilados y pensionados que no excedan los 3 haberes mínimos; y a $ 4056, para el resto de los beneficiarios. En caso de percibir dos o más asignaciones universales por hijo o embarazo, el reintegro no podrá superar los $ 8114 por mes.

El monto a reintegrar se acredita dentro de las 24 y 48 horas hábiles posteriores a efectuada la compra según el horario en que se haya realizado, con la tarjeta de débito donde la persona cobra la asignación, pensión o jubilación.

Otro beneficio de reintegro del 10%, que rige también hasta fin de año, se otorga en las compras realizadas en carnicerías, que estén inscriptas en el registro creado, y llevadas a cabo por consumidores finales. La compra, para acceder al beneficio, puede ser abonada con tarjetas de débito, tarjetas prepagas, transacciones bajo la modalidad de pago electrónico inmediato (PEI) o con débito en cuenta a través de la utilización de códigos de respuesta rápida (QR).

El monto mensual, que se reintegra dentro de las 96 horas de efectuada la compra, no puede superar la suma $ 2000 por beneficiario y por mes calendario. Este beneficio no se adiciona al de compras de sectores vulnerables. Las carnicerías anotadas en el registro obtienen beneficios impositivos.

Cuándo fue el comienzo de la ayuda del Estado

En el año 1984 en el primer gobierno de la vuelta a la democracia de Alfonsín comenzó, a través de las cajas del Plan Alimentario Nacional (PAN), el primer plan organizado de ayuda alimentaria en el país. Más tarde, en el año 1989, Menem instauró el plan conocido como del Bono Solidario, y un año después se puso en marcha en Buenos Aires el Plan Integral Alimentario y Solidario (PAIS); luego apareció a nivel nacional el Plan Trabajar, y así continuaron los planes que cada vez incorporaban a más habitantes y necesitaban de más recursos.

Con la crisis de 2001, en donde más de la mitad de la población cayó por debajo de la línea de la pobreza, se sucedieron el Programa Jefes y Jefas de Hogar destinándose capas de más presupuesto para cubrir la alimentación de la población. Más cercano en el tiempo apareció la Asignación Universal por Hijo, que posteriormente en 2016 también incorporó al beneficio a los hijos de los pequeños contribuyentes (Monotributistas).

De esta manera, a lo largo de 37 años se fueron consolidando diferentes planes que en la actualidad de destinan a una gran parte de la población.

Según datos del Ministerio de Desarrollo Social, del año pasado, el detalle de los planes que están activos, es el siguiente:

– Plan Nacional de Seguridad Alimentaria: el Programa busca cubrir los requisitos nutricionales de niños de hasta 14 años de edad, embarazadas, discapacitados y adultos desde los 70 años en condiciones socialmente desfavorables y de vulnerabilidad nutricional. Los grupos poblacionales prioritarios son las mujeres embarazadas, niños de hasta 5 años de edad y poblaciones con mayor vulnerabilidad nutricional;

– Plan Nacional de Protección Social: Hogares con niños y niñas entre 0 y 4 años en situación de indigencia y/o extrema pobreza, las personas que integran su núcleo familiar y la comunidad donde viven;

– Plan Nacional de Primera Infancia: Niños y niñas de 0 a 4 años en situación de vulnerabilidad;

-Becas Progresar: jóvenes de entre 18 años y 24 años inclusive. En estudiantes avanzados, hasta 30 años. Estudiantes pertenecientes a pueblos originarios sin tope de edad. Estudiantes con alguna discapacidad debidamente certificada, sin tope de edad.

– Tarifa social de energía eléctrica y gas natural;

– Programa Hogar: con alcance a todas las localidades del país que no cuenten con acceso a la red de gas natural.

– Programa SUMAR: brinda cobertura de salud a la población materno infantil, niños/as y adolescentes de 6 a 19 años y a las mujeres y hombres hasta los 64 años, a través de los efectores de salud de las jurisdicciones.

– Incluir Salud: brinda cobertura de salud a los titulares de pensiones no contributivas. 9) Servicio Nacional de Rehabilitación. Certificado único de discapacidad.

– Prestación por invalidez, para trasplantes, para madres de 7 o más hijos.

– Pensión honorífica veteranos de guerra del Atlántico Sur;

– Pensión no contributiva por vejez;

– Pensiones graciables y de leyes especiales;

– Programa Hacemos Futuro: destinado a personas físicas y/o hogares en situación de alta vulnerabilidad socioeconómica, en situación de desocupación, que no cuenten con prestaciones de pensiones, jubilaciones nacionales, ni planes de ingreso nacionales o provinciales;

– Proyectos productivos comunitarios: trabajadores/as de la economía popular que se encuentren en situación de alta vulnerabilidad social y económica;

– Monotributo social;

– Jóvenes con más y mejor trabajo: jóvenes de 18 a 24 años de edad, inclusive, que residen en forma permanente en el país, que no hayan completado el nivel primario y/o secundario de educación formal obligatoria y que se encuentren en situación de desempleo,

– Otros planes nacionales de empleo: trabajadores desocupados o con problemas de empleo;

– Seguro de capacitación y empleo;

– Seguro de desempleo, con la actualización que tuvo en los montos en momentos de la pandemia.

– Pensión Universal Adulto Mayor (PUAM);

– Asignación universal para protección social (hijo e hijo con discapacidad);

– Asignación embarazo para protección social;

– Asignación familiar hijo/ hijo con discapacidad;

– Asignación familiar prenatal. A todas estas ayudas nacionales hay que sumarles las jubilaciones y pensiones.

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