Presa en su domicilio de San José 1111, Cristina Kirchner escribió por primera vez desde sus redes sociales desde que se ordenó su detención bajo la modalidad de arresto domiciliario. Informó que, a través de un escrito presentado este miércoles, le consultó a la Justicia qué cosas puede hacer y cuáles le estarán prohibidas durante su prisión domiciliaria.
La defensa de Cristina Kirchner le pidió precisiones al Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) integrado por los jueces Jorge Gorini, Rodrigo Giménez Uriburu y Andrés Basso.
En el escrito se citó uno de los articulados del fallo del TOF 2 que ordenó su detención como cumplimiento de la condena de corrupción del caso Vialidad. El mismo sostiene que dentro de las reglas del arresto domiciliario, “Cristina Fernández de Kirchner debe observar la siguiente regla de conducta: abstenerse de adoptar comportamientos que puedan perturbar la tranquilidad del vecindario y/o alterar la convivencia pacífica de sus habitantes”.
Así las cosas, dijo Beraldi, “sin perjuicio de los recursos que habrán de ser interpuestos en el plazo legal establecido (tal como lo anticipara nuestra representada al ser personalmente notificada de la resolución en cuestión), resulta menester deducir la presente aclaratoria”.
¿Qué quiere que les especifique el Tribunal? El uso del balcón.
Así sostiene la presentación que ingresó al TOF 2: “De manera concreta, dado que se ha suscitado un debate de carácter público, tal como lo reflejan los distintos medios de comunicación del país, en torno a si nuestra representada puede o no salir al balcón del domicilio en el que se encuentra actualmente”.
En el petitorio, se explicó que es imprescindible que los jueces indiquen “si tal comportamiento se encuentra prohibido, ya sea en forma total o parcial y, en este segundo supuesto, cuáles son los alcances de la restricción”.
Cuando el Tribunal dispuso la detención de la ex Presidenta, condenada por cometer hechos de corrupción, ordenó que su arresto sea en su domicilio del barrio de Monserrat. Los fiscales Diego Luciani y Sergio Mola, habían pedido que si esto ocurría, que se impongan “estrictas reglas de cumplimiento”.
Los magistrados señalaron que en primer término, Cristina Kirchner deberá permanecer en el domicilio fijado, «obligación que no podrá quebrantar salvo en situaciones excepcionales de fuerza mayor que deberá justificar debidamente».
En la resolución se explicitó que «deberá requerir y obtener la autorización previa del tribunal, sin excepción» para hacerlo, expresaron los jueces del TOF 2.
Pero por sobre todos los requerimientos se le dijo que se evite cualquier comportamiento que altere el normal funcionamiento del barrio. Cuando Clarín consultó sobre la utilización del balcón, a donde salía a saludar a la militancia, fuentes judiciales indicaron: “No se especificó nada al respecto, más que la abstención de adoptar comportamientos que puedan perturbar” la tranquilidad del barrio.
La defensa entiende que es un concepto amplio, que el juez de ejecución de la pena, Jorge Gorini, debe especificar qué le está prohibido hacer y qué no.
El planteo no es menor: Cristina Kirchner sabe que cada tres meses se entregará un informe por parte de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal, al tribunal, que expondrá cómo cumple el arresto domiciliario la ex Mandataria.
El beneficio del arresto domiciliario en caso de un informe desfavorable, puede ser revocado. Para evitar eso, la defensa exige un mayor detalle sobre todo, respecto a la utilización del balcón del departamento de San José 1111.