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Le unificaron las penas a Lázaro Báez, deberá cumplir 15 años de prisión por la Ruta del Dinero K y Vialidad

El juez federal Néstor Costabel unificó las condenas que tiene Lázaro Báez confirmadas por la Corte Suprema de Justicia: Ruta del Dinero K y el caso Vialidad. En ese contexto, se determinó que el ex socio de Cristina Kirchner deberá cumplir 15 años de cárcel.

En un lapso de dos semanas, el máximo tribunal dejó firme dos sentencias condenatorias que pesaban sobre el dueño del Grupo Austral. En primer término, se rechazaron los recursos extraordinario interpuestos en el expediente conocido como la Ruta del Dinero K. Allí Lázaro Báez fue condenado a 10 años de prisión por haber lavado 55 millones de dólares.

Posteriormente, la Corte otorgó firmeza a la sentencia del caso Vialidad. Al igual que Cristina Kirchner, el empresario que nació bajo el cobijo del gobierno kirchnerista, tiene una pena de seis años de cárcel por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado.

Costabel debió unificar esas dos condenas para así, determinar cuántos años de prisión debe cumplir Lázaro Báez. Esta tarea le correspondió porque presidió el tribunal que aplicó la pena más elevada.

El viernes pasado se realizó una audiencia con el juez, en la que el gobierno -a través de la Unidad de Información Financiera (UIF)- pidió 16 años de cárcel para el ex socio comercial de Cristina Kirchner.

La fiscalía a cargo de Abel Córdoba solicitó 15 años para el dueño del Grupo Austral, mientras que el abogado defensor del contratista K, Juan Villanueva, planteó que se debe aplicar la pena máxima del delito de administración fraudulenta, es decir: 6 años.

Al analizar los argumentos planteados, se resolvió que Lázaro Báez deberá cumplir una pena total de 15 años de prisión.

En la resolución de 11 páginas a la que accedió Clarín, los jueces Costabel, Fernando Cañero y Ricardo Basílico, señalaron que la pena única “habrá de dictarse deberá regirse por las reglas que regulan el concurso real de delitos”.

Respecto a los argumentos de la defensa que requirió seis años de cárcel, “escapan claramente al objeto y finalidad de unificación mencionada, en tanto las plataformas fácticas acreditadas en cada sentencia y su relevancia jurídica mantienen la calidad de cosa juzgada”, indicaron los magistrados.

Básicamente, tuvieron en consideración “el monto millonario de la maniobra atribuida a Lázaro Antonio Báez equivalente a U$D 54.800.000, “como así también el dominio y disposición que aquél ejercía sobre esa masa dineraria, con la consecuente magnitud de afectación al bien jurídico protegido (orden económico y financiero), de lo que se deduce la extensión del disvalor de resultado y del contenido de injusto del suceso reprochado”.

A su vez, los integrantes del TOF 4 ponderaron “negativamente los medios utilizados para llevar a cabo la operación de lavado de activos reprochada, ya que para su ejecución fueron empleadas abusivamente diversas formas jurídicas e instrumentos financieros tanto en el plano local como internacional, que dotaron a la maniobra de un particular nivel de sofisticación y complejidad, lo cual incrementó notablemente las posibilidades de éxito de la empresa criminal”.

En especial, continuaron explicando los jueces, “no podemos dejar de valorar que Lázaro Antonio Báez utilizó recursos y mecanismos que importan el abuso y manipulación de las formas jurídicas instituidas legalmente para fines lícitos, constituyendo sociedades pantallas (Shell Company) en jurisdicciones extranjeras consideradas por entonces como paraísos fiscales, a las que recurrió como personas jurídicas interpuestas y procurando el anonimato y secretismo que todo ello importó, y las utilizó como vehículos corporativos, como ser Teegan Inc., Fromental, Tyndall, Helvetic Servicess Group, Marketing, entre otras”.

En cuanto al caso Vialidad, el TOF 4, consideró que los hechos acreditados “como pautas objetivas agravantes la naturaleza del hecho, los medios empleados y la magnitud de la lesión ocasionada”.

Con relación a ello, conforme los sucesos comprobados, se identificó la extensión del daño causado en la suma de $84.835.227.378,04 (actualizados al 6 de diciembre del año 2022), lo cual demuestra la “gravedad y enorme afectación al bien jurídico tutelado por la norma cuyo reproche se le atribuyó al condenado”.

Además, la complejidad y variedad de medios empleados en aquellas maniobras, en las que se utilizaron recursos estatales “con un objetivo que desnaturalizó sus fines fundacionales, como así también, la prolongación en el tiempo de la conducta reprochada (12 años de forma ininterrumpida), resultan ser también aspectos que reflejan la gravedad y magnitud de los hechos allí corroborados”.

Otro aspecto negativo que consignaron los jueces sobre Lázaro Báez, “se centra en el rol superlativo en la concreción del plan delictivo que fue acreditado, principalmente por cuanto representó la contracara de las infracciones de deberes de los funcionarios públicos que intervinieran y en cuyo favor se orquestó la totalidad de la maniobra.

Finalmente, el fallo judicial indica que como aspecto subjetivo agravante que atañe a ambas condenas, se destaca su “posición socio-económica privilegiada dentro de la sociedad y la ausencia de circunstancias que limitaran la posibilidad de motivarse en la norma jurídica y obrar conforme a derecho”.

Por otro lado, como pautas atenuantes solamente encontramos su falta de antecedentes al momento de los hechos y los lazos familiares que mantiene aun actualmente.

Lázaro Báez lavó 55 millones de dólares. Lo hizo en tan solo tres años. La Justicia certificó que el patrimonio del empresario se incrementó entre 2004 y 2015 en un 12.127 %, y el de Austral Construcciones un 45.313%, la firma insignia que fue clave para concretar las operaciones de blanqueo.

Los números fueron determinantes para la justicia a la hora de establecer una relación entre el dinero que de origen ilícito -proveniente de la evasión fiscal tributaria- y la intención de darle apariencia de licitud al incorporarlos al mercado legal.

Según se determinó en este caso, el ex socio comercial de la vice fue el eslabón esencial e indiscutible de una estructura que durante tres años (2010-2013) lavó 55 millones de dólares. Nada se podría haber materializado sin Austral Construcciones, la firma insignia de Báez que inició su actividad en mayo de 2003, cuando Néstor Kirchner llegó a la Casa Rosada. Los fondos que provenían de la obra pública vial que ganó sistemáticamente, fueron en parte volcados a las operaciones de blanqueo, según condenó el TOF 4.

En simultáneo, Báez y los ex presidentes, tejían diversos negocios inmobiliarios y lo que la justicia denominó un “patrimonio cruzado”, en los que intervino sistemáticamente, la firma constructora.

El delito precedente a través del cual Báez reunió los fondos ilegales que luego blanqueó, fue la evasión fiscal. Las maniobras investigadas en la Ruta del Dinero K se realizaron «durante el período comprendido entre finales del año 2010 y abril de 2013, coincidente dicho monto total (55 millones de dólares) con las evasiones fiscales precedentes efectuadas por Lázaro Báez».

Se constató que todos los acusados conformaron un “sofisticado mecanismo” que incluyó una estructura jurídica, societaria y bancaria en la Argentina y en el extranjero, «por medio de la cual se canalizaron, transfirieron, disimularon, ocultaron y se pusieron en circulación en el mercado, fondos procedentes de delitos».

Lograron desde Lázaro Báez hasta los demás acusados, eludir los controles fiscales-«, los acusados lograron lavar sumas millonarias de dinero.

A los condenados y a las empresas Austral Construcciones S.A. (ACSA) y Top Air S.A., se les confirmaron multas que oscilan entre los U$D 109.600.000 a U$D 328.800.000. Además, se confirmó el decomiso de activos por valor equivalente a 65 millones de dólares.

Después de que el juez Néstor Constable que como presidente del TOF 4 ejecuta la pena en el caso por operaciones de blanqueo, ordenó la inmediata detención de Lázaro Báez que se encontraba bajo arresto domiciliario y ahora cumple la pena en la U15 de Río Gallegos, el máximo tribunal confirmó la condena del caso Vialidad.

El expediente que tiene como principal acusada Cristina Kirchner por el delito de administración fraudulenta en perjuicio del Estado, coloca en un importante grado de responsabilidad al dueño del Grupo Austral: sin su conglomerado empresarial, no habría existido la maniobra defraudatoria que se plasmó en 51 procesos licitatorios irregulares (sobreprecios, direccionamiento de los procesos, falta de control en los avances de rutas, circuitos exclusivos de pagos).

Todo ocasionó un daño al erario público de $ 85.000 millones. Los peritos contables de la Corte Suprema recibieron el pedido de actualización de esa cifra que será el decomiso por el cual, de forma solidaria, deberán responder los nueve condenados.