La Cámara Federal de Casación Penal confirmó que Cristina Kirchner debe pagar 684.990.350.139,86 pesos de forma solidaria con los demás condenados del caso Vialidad, en concepto de decomiso. No sólo avalaron la cifra exigida por el Tribunal Oral Federal 2 (TOF 2) sino también el método aplicado para la actualización del valor fijado como el fraude cometido.
El 15 de julio, el Tribunal Oral Federal 2 -responsable de ejecutar la pena de la causa donde Cristina Kirchner fue condenada a seis años de prisión por el delito de administración fraudulenta- intimó a todos los responsables de la maniobra a pagar aquella suma en el plazo de diez días hábiles.
Pero nadie pagó, y la defensa de la expresidenta cuestionó la cifra arribada partiendo de la base de la defraudación que en la sentencia de juicio se había fijado en 85.000 millones de pesos, y la metodología aplicada por los peritos de la Corte Suprema de Justicia para arribar a los más de 684.000 millones.
En sus votos de este miércoles, los jueces de la Sala IV de la Cámara de Casación, Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Diego Barroetaveña coincidieron en que la condena dictada en diciembre de 2022 se encuentra firme desde la intervención de la Corte en junio pasado, «lo que clausura cualquier debate sobre la procedencia o extensión del decomiso».
En este mismo sentido señalaron que lo que corresponde ahora es «únicamente su ejecución, con la actualización necesaria para resguardar el valor real de las sumas confiscadas».
La semana pasada, el fiscal general Mario Villar se opuso a los argumentos del abogado de Cristina, Carlos Beraldi.
El representante del Ministerio Público Fiscal calificó de «tergiversado» el análsis de Beraldi, que puso en duda el criterio utilizado para actualizar aquellos 85.000 millones de pesos que figuran en la sentencia de juicio y que se fijaron como monto del fraude cometido a través de las licitaciones viales que de forma irregular y sistemática le fueron adjudicadas a Lázaro Báez.
En conclusión, dijo el fiscal Villar, «el decomiso, su monto y su forma de actualización pudieron ser y efectivamente fueron debatidas en los momentos correspondientes (juicio oral y público, instancia de casación y etapa de revisión extraordinaria)», por eso consideró extemporáneo el reclamo de Cristina Kirchner.
Ahora, la Sala IV del máximo tribunal penal avaló ese precepto. Es decir: no sólo consideró que era correcta la fórmula de actualización sino también, que el dinero reclamado es el correcto.