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Blanqueo de efectivo: ¿puede haber prórroga?

En la recta final de la «Etapa 1» del Régimen de Regularización de Activos, que vence el próximo 30 de septiembre, según lo que estableció la Ley 27.743, se sumaron presiones para que el ministro de Economía, Luis Caputo tome una decisión clave. La letra chica ante un posible cambio de fechas.

A 11 días para el vencimiento del primer tramo del blanqueo de capitales, el único en donde se puede exteriorizar dinero en efectivo, los tributaristas alertan que aún quedan dudas y que día de por medio se publica una nueva resolución que cambia la letra chica de la iniciativa.

Frente a ello, y al cúmulo de vencimientos que enfrentan los contadores (de Ganancias Personas Humanas, Bienes Personales y el régimen de alícuota anticipada de este último), en las últimas horas se conoció un pedido para que el ministro Caputo haga uso de la facultad que se le dio en la Ley de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes.

«[Se envió] una presentación al Ministerio de Economía y a la Subsecretaría de Ingresos Públicos para solicitar que se considere la posibilidad de elevar un proyecto de ley que contemple la extensión del cronograma vigente dispuesto para la adhesión al «Régimen de Regularización de Activos«, destacaron en el comunicado del Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La organización que conduce la contadora Gabriela Russo sostuvo que la demora en el tratamiento parlamentario de la ley (en donde se fijaron plazos para ser implementados en el primer trimestre y no se modificaron) acortó «considerablemente el tiempo para efectuar un análisis pormenorizado de las disposiciones y sucesivas reglamentaciones«.

Ya en la presentación de la titular de AFIP, Florencia Misrahi y su segunda línea la semana pasada en el Consejo, los matriculados llevaron la inquietud y la respuesta fue abierta. «No es competencia de la AFIP la definición de esa fecha, por ahora no hay más que eso«, afirmó la subdirectora general de Planificación y Coordinación Institucional, Paola Cuppari.

Ante la consulta por parte de El Cronista a fuentes oficiales del Ministerio de Economía sobre la contemplación de la solicitud no existió una respuesta al cierre de la nota. Aunque en reiteradas y recientes consultas anteriores la contestación fue siempre que no estaba previsto extenderlo.

Pero quienes arrastran experiencias de blanqueos, ante el historial frecuente de la Argentina, aseguran que de tomarse la decisión se conocerá el día antes del vencimiento: el domingo 29 de septiembre, por lo que no se descarta la publicación de un suplemento en el Boletín Oficial.

En caso de que el ministro Caputo finalmente tome la decisión de prorrogar la «Etapa 1» del blanqueo de capitales, hay una regla que se deberá seguir y que se estableció en la primera reglamentación de la Ley 27.743 (Decreto 608/2024).

«El Poder Ejecutivo Nacional podrá prorrogar las fechas para realizar la manifestación de la adhesión y el pago adelantado obligatorio establecidas en el artículo 23 de la Ley N° 27.743, hasta el 31 de julio de 2025, inclusive, y considerando plazos que aseguren que entre cada una de las fechas señaladas medie una diferencia que no podrá ser menor a los tres meses«, establecieron en artículo 5.