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La ANMAT prohibió la venta de dos marcas de aceite de oliva ilegales y un producto natural

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso este miércoles la prohibición de elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de diversos productos de aceite de oliva de la marca Campos Barcelona.

Los productos involucrados son:

  • Aceite de Oliva extra virgen, Rne: 13964523 – Rnpa: 13831654, Origen de Mendoza
  • Aceite de Oliva extra virgen, Rne: 132256314 – Rnpa: 13826543
  • Aceite de Oliva extra virgen, Envasado por RNE: 13831654 – RNPA: 025-13964523

La investigación, iniciada a partir de notificaciones del Instituto de Control de Alimentación y Bromatología (ICAB) de Entre Ríos, determinó que estos productos:

  • Carecen de registros sanitarios válidos.
  • Están falsamente rotulados, exhibiendo números de registro inexistentes.

Estas irregularidades los califican como productos ilegales, incumpliendo normativas como la Ley N° 18284, el Decreto N° 2126/71 y el Código Alimentario Argentino (CAA).

La investigación incluyó inspecciones en locales comerciales de Diamante, Entre Ríos, donde se intervino la mercadería. Además, se verificó que los productos eran promocionados en plataformas de venta en línea, ampliando su alcance y riesgo.

La ANMAT enfatizó que estos aceites de oliva no garantizan trazabilidad ni condiciones de elaboración seguras, poniendo en riesgo la salud de los consumidores. En virtud de esto, se prohibió su comercialización en todo el país y su promoción en plataformas digitales.

El organismo también dispuso la prohibición inmediata de la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto falsificado identificado como “Aceite de oliva, extra virgen, marca: El Noa, Contenido Neto 2000ml., RNE N° 12009018, RNPA N° 12004012, Elaborado y Envasado por M. Bustos S.A, Ruta NAC. 74, Km 1215, La Rioja”, en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento.

La medida surge a raíz de un reclamo presentado por la empresa titular del Registro Nacional de Establecimiento (RNE) N° 12009018, que advirtió la utilización indebida de su registro en el rótulo del producto investigado.

Tras consultas realizadas por el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL), se determinó que:

  • El Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) N° 12004012 es inexistente.
  • La razón social M. Bustos S.A. tampoco está registrada.

Estos hallazgos confirman que el producto carece de registros sanitarios y presenta un etiquetado falsamente rotulado, lo que lo clasifica como ilegal.

La ANMAT también prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización de una serie de productos comercializados bajo la marca Naturalmedix debido a su falta de Registro Nacional de Establecimiento (RNE) y Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA).

La medida surge tras una consulta realizada al Instituto Nacional de Alimentos (INAL) por un particular sobre varios productos etiquetados con propiedades no verificadas como “quemadores de grasa”, “antioxidantes” o “depurativos”. Entre ellos destacan:

  • Moringa, Antioxidante, Antibacteriano
  • Quemador de grasa TRIPLE ACCIÓN
  • Diabetisan, Desinflamante, Depurativo
  • Café verde Garcinia Cambogia, Adelgazante
  • Aguaje Plus, 4 en 1 Colágeno Hidrolizado y L-carnitina

El INAL, en coordinación con el Departamento de Comercio Exterior de Alimentos, determinó que no existen registros ni antecedentes de ingreso al país para estos productos.