Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti dejaron firme la condena a tres años de prisión en suspenso para el ex diputado José Fernando Orellana, hoy legislador provincial, por el abuso sexual simple contra una secretaria.
Según la investigación, el 11 de noviembre de 2016 en uno de los Anexos de la Cámara de Diputados de la Nación, la víctima -que se desempeñaba como secretaria de una legisladora- ingresó al despacho del por entonces diputado para informarle que había gente en la planta baja que quería verlo. En ese momento, Orellana la abordó y comenzó a decirle: ‘vos necesitaba alguien que te quiera’, ‘me encantas desde que te vi’. La tomó de la mano, le pidió su teléfono y se levantó de su silla. La sujetó y comenzar a darle besos en el interior de su oreja izquierda, mientras le manifestaba: “seguramente nadie te besó así, ¿no?”
El fiscal Sandro Abraldes acusó al ex diputado dijo que las cámaras de seguridad ratificaron el relato de la denunciante en cuanto al horario en que ingresó y se retiró del despacho de Orellana. También se pudo constatar que el estado alterado que presentaba era compatible con el de las mujeres que sufren abusos.
En 2022, el juez Federico Salvá, integrante del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29, condenó a tres años de prisión al exdiputado y le fijó una inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos. El magistrado ordenó también la prohibición de acercamiento y de contacto con la víctima y dispuso que, una vez que la sentencia quede firme, se obtenga y extraiga el perfil genético de Orellana para que sea remitido al Banco de Datos Genéticos, de acuerdo a la Ley N°26.879, que creó el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados a Delitos contra la Integridad Sexual.
José Orellana se defendió diciendo: “Creo que no es justo, pero esto no me va a quebrantar». Insiste con la teoría que esgrimen hasta el cansancio todos los políticos que se encuentran en esta misma situación y hacen hincapié que se trata de un intento de perjudicarlo políticamente.
En 2024, la Cámara Nacional de Casación Penal confirmó la condena. El fallo destacó que, si bien el caso presentó algunas particularidades, producto del lugar en que aconteció el hecho probado y del cargo público que ostentaba a ese momento el acusado, estas no fueron obstáculo en la tarea de comprobar la efectiva materialidad de la imputación y la participación del acusado
La Corte Suprema desestimó la presentación que había realizado Orellana y dejó firme el fallo.
