La Agencia de Recaudación y Control Aduanero ( ARCA) modificó este martes el régimen de percepción del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para operaciones en supermercados. A partir del 1 de julio, las compras menores a 10 millones de pesos quedarán exceptuadas del régimen de percepción cuando se declaren como destinadas a consumidores finales.
La medida se oficializó mediante la Resolución General 5710/2025, publicada en el Boletín Oficial. La normativa forma parte de un proceso de simplificación administrativa que, según la ARCA, busca mejorar la eficiencia tributaria y reducir conflictos en las transacciones cotidianas de alimentos.
La principal novedad es que ya no será necesario acreditar una condición fiscal específica para quedar exceptuado del régimen. El único criterio será el monto de la operación: si la compra no supera los $10 millones, no se aplicará percepción del IVA, incluso si el volumen sugiere una reventa posterior.
Esta flexibilización beneficia tanto a consumidores como a comercios. Según tributaristas consultados, los supermercados evitarán tener que dividir facturas o discutir con clientes sobre su situación fiscal. Por su parte, los compradores que actúan informalmente también evitarán el recargo adicional que podía oscilar entre el 5,25% y el 10,5% del total, según el tipo de producto adquirido.
Los rubros alcanzados por esta disposición incluyen supermercados mayoristas de alimentos, hipermercados, supermercados minoristas y minimercados que comercialicen carnes, verduras y otros productos alimenticios.
La resolución también se alinea con el nuevo régimen de emisión de comprobantes, que elevó el monto base para identificar a los consumidores finales a 10 millones de pesos. Este cambio unifica criterios y permite a los comercios aplicar reglas más claras en el momento de facturar.
Hasta ahora, los comercios estaban obligados a aplicar la percepción del IVA si presumían que el comprador no era un consumidor final, en función del volumen o tipo de productos adquiridos. Esta presunción generaba conflictos frecuentes y obligaba a dividir compras o aplicar recargos, lo que encarecía las operaciones.
Con este cambio, las operaciones menores al nuevo umbral serán consideradas automáticamente como consumo final, sin importar si luego los productos son revendidos. La medida apunta, en parte, a facilitar el uso de dinero no bancarizado y a estimular el consumo en el sector informal, una estrategia que se repite en otras iniciativas recientes del Gobierno.