El Gobierno argentino le pidió a la jueza del distrito sur de Nueva York, Loretta Preska, que suspenda la orden que lo obliga a entregar sus acciones de YPF, equivalentes al 51% del total, mientras gestiona la apelación en otra instancia, que aún no tiene fecha.
Aunque la jueza no tiene un plazo determinado para responder al accionar argentino, si están vigentes los 14 días de ejecución de su sentencia. Allí corre un reloj de arena para la defensa local.
Preska no está obligada a responder en lo inmediato, pero -en cambio- Argentian si debe cumplir con la sentencia en un lapso de 14 días. De no hacerlo, Preska puede decidir la figura de «desacato» o la aplicación de más intereses punitorios.
El apuro argentino por imponer un «stay» (una suerte de medida cautelar, que congele la situación y permita una pausa) contrasta con los plazos de Preska. Para la jueza, Argentina debe entregar el 51% de las acciones de YPF a mediados de julio. De no hacerlo, puede declararla en desacato.
Preska no está obligada a contestar ese «stay» en lo inmediato, por lo que Argentina podría continuar en una posición frágil.
Si el Tribunal no concede una suspensión pendiente a la apelación, explican que el Tribunal «debería al menos ordenar una suspensión provisional para que la República pueda solicitar una suspensión del Segundo Circuito».
Argentina confía sus chances en el Segundo Circuito (una suerte de Cámara de Apelación), pero ese tribunal no se viene caracterizando por ser veloz en los fallos relacionados con este juicio.
Para Argentina, entre los fundamentos para aceptar la suspensión (de la justicia de New York) están la alta probabilidad de éxito de la apelación. Según un análisis de Sebastián Maril, las probabilidades de éxito en la mayoría de los casos que recurren a la apelación del Segundo Circuito promedian el 10%.
Procuración del Tesoro argumenta que la concreción generará «un daño irreparable» si se ejecuta, el hecho de que los demandantes no sufrirían ningún perjuicio si no se ejecuta y el interés público de la compañía.
Tercera apelación
Esta apelación sería la tercera en el marco del juicio de YPF. Una de las apelaciones es sobre el monto de la sentencia dictado por Preska, que asciende a u$s 16.000 millones.
Para el Estado, la orden «plantea cuestiones jurídicas complejas sobre la ejecución de bienes de Estados extranjeros, sobre las que incluso el propio Gobierno estadounidense tiene una opinión distinta al tribunal». El Departamento de Justicia de Estados Unidos había pedido que la jueza no avance sobre los activos por tratarse de pertenencias de un Estado soberano.
La entrega de las acciones, reconocen, «implica perder el control de YPF, una empresa estratégica por la legislación argentina».
«Si los demandantes venden esas acciones, como ya anunciaron que harán, el perjuicio sería irreversible», advirtieron desde el Gobierno. El argumento oficial subraya que «será imposible volver a meter al genio dentro de la botella».
Por otro lado, agrega que los fondos no se verían afectados por la suspensión porque el Estado no puede desprenderse de las acciones sin la aprobación del Congreso, lo que garantiza que los bienes no desaparecerán mientras dure la apelación. Además, agrega que la República «no tienen intención de vender sus acciones».