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Mendoza: un policía se dobló el tobillo caminando y pidió el retiro. El Gobierno se lo negó

El Gobierno de Mendoza rechazó el reclamo de un policía que había pedido el retiro tras torcerse el tobillo mientras caminaba en su horario de servicio. Las autoridades provinciales advirtieron que la lesión no cumplía los requisitos para considerarse como un “acto de servicio”.

Mediante el decreto Nº 153, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, el gobernador Alfredo Cornejo rechazó un recurso jerárquico interpuesto por el agente José Walter Acosta en contra de una resolución del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial del 2024 que había rechazado en su momento el otorgamiento del retiro obligatorio que había solicitado.

El policía había iniciado el procedimiento solicitando el retiro luego de doblarse el tobillo durante una caminata mientras cumplía funciones.

Sin embargo, las autoridades provinciales descartaron que ese hecho pueda calificarse como un “acto de servicio” contemplados en la Ley Nº 8703 que regula el servicio de los policías y el personal penitenciario de la provincia.

Torcedura y pedido de retiro

El decreto firmado por el gobernador Cornejo expresa que “la lesión invocada por el señor Acosta, consistente en una torcedura de tobillo ocurrida mientras caminaba durante su horario de servicio, si bien se produjo con motivo del cumplimiento de funciones, no reúne los requisitos de especificidad, exclusividad y excepcionalidad exigidos por la normativa vigente para su calificación como ‘acto de servicio’ en los términos del Artículo 7 de la Ley Nº 8703”.

Asimismo, en los fundamentos de la decisión, el Gobierno indicó que “se trata de un infortunio susceptible de producirse en cualquier circunstancia de la vida cotidiana, sin vinculación directa e inmediata con un riesgo propio, específico y exclusivo de la función policial, ni derivado de una misión extraordinaria, situación de emergencia o adiestramiento especial”.

Tras el análisis del reclamo, el Ejecutivo provincial resolvió que correspondía rechazar la denuncia de ilegitimidad interpuesta por el policía y confirmó la Resolución Nº 538/24 del Ministerio de Gobierno que había rechazado el reclamo original del agente.