La Ley de Inocencia Fiscal volvió a estar en el centro de la escena, pero no por los motivos que querrían en el Ministerio de Economía, que recientemente anunció que enviará una nueva versión de la norma para brindar mayor seguridad jurídica a los contribuyentes.
Tal como se adelantó a comienzos de esta semana, el anteproyecto de ley reveló las modificaciones que le sugirieron los contadores a Luis Caputo. Los principales cambios apuntan a la eliminación de los parámetros de ingresos y patrimonio, a la flexibilización del concepto de las discrepancias significativas y a la impugnación de la Declaración Jurada Simplificada de Ganancias.
Sin embargo, la reciente adhesión del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, complica los planes de Economía en el Congreso. “Hay que mandar dos proyectos por separado: uno para el blanqueo ‘permanente’ y otro para la Declaración Jurada Simplificada. En el del blanqueo sí tenés que aclarar que los PEP no pueden acceder a ese régimen. En la declaración simplificada no hace falta”, sugirió un contador, molesto con quienes asumen que la Ley 27.799 es un blanqueo de capitales, cuando en realidad no se trata de ninguna amnistía.
Cabe recordar que, a fines de mayo, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) extendió el plazo para presentar la declaración jurada hasta el 27 de julio. El Gobierno ganó tiempo para delinear las modificaciones y tentar a los contribuyentes a depositar los “dólares del colchón” en el sistema financiero formal; es decir, sumar una mayor cantidad de adhesiones.
Si bien el Ejecutivo aún no envió el proyecto definitivo al Congreso, la inscripción de Adorni motivó críticas de la oposición que, incluso, derivaron en la presentación de un proyecto para excluir a los funcionarios públicos.
Inmediatamente, el diputado nacional Esteban Paulón (Santa Fe-Provincias Unidas) presentó en la Cámara baja un proyecto en el que propone reformar el artículo 38 de la Ley de Inocencia Fiscal para que queden excluidos desde el Presidente y los gobernadores hasta legisladores, intendentes y ministros, entre otros.
La iniciativa también excluye a “cónyuges y convivientes” de todos los apartados del régimen por los cargos que ostentan, entre los que también figuran rectores universitarios y magistrados.
En los términos actuales, la adhesión de Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, no fue improcedente. Al contrario, la Ley 27.799 no excluye a las Personas Políticamente Expuestas (PEP) ni tampoco a los familiares directos de la posibilidad de inscribirse en el esquema simplificado, cuyas limitaciones aún vigentes refieren a los ingresos ($ 1000 millones anuales) y al patrimonio ($ 10.000 millones anuales).
El beneficio por excelencia del régimen simplificado del impuesto a las Ganancias es el “tapón fiscal”. La presunción de exactitud sobre las declaraciones juradas presentadas bajo esta modalidad actúa como un blindaje jurídico sobre los períodos ya declarados. Es decir, funciona como un “tapón hacia atrás” que cubre los tres años fiscales anteriores al período base (efecto liberatorio del pago).
El punto es el debate público que generará la adhesión del jefe de Gabinete, sumada a la de otros funcionarios, como el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger. Esto no implica que los inscriptos vayan a exteriorizar sus ahorros no declarados, tal como explicó este medio en el caso de Adorni.
El otro inconveniente será el tratamiento legislativo del nuevo proyecto de “inocencia fiscal”. El Cronista consultó a la cartera de Economía si cree que la adhesión de los funcionarios del gobierno nacional puede complicar los planes para modificar algunos puntos de la ley. Sin embargo, al momento de la publicación de este artículo no hubo respuesta.
El diputado Maximiliano Ferraro, de la Coalición Cívica, consideró que la normativa está hecha a medida de personas con poder. “Estamos con leyes con nombre y apellido que ya beneficiaron a un personaje como Lázaro Báez y que ahora estarían beneficiando a la esposa de Adorni para encubrir”, sostuvo en una entrevista radial, en línea con los comentarios de Paulón.
El presidente de la Unión Cívica Radical (UCR), Leonel Chiarella, también cuestionó la decisión de Adorni. “La honestidad no se pregona, se demuestra: si no tenés nada para esconder, andá y presentá la declaración jurada; si no tenés nada que esconder, no te metas en la Ley de Inocencia fiscal. Tiene que cumplir con lo que dijeron que era terminar con la casta y con los privilegios, y hoy tenemos un jefe de Gabinete que no puede mostrar su declaración jurada”, afirmó.
Entre los contadores aparece un denominador común: lo acontecido deja expuesto al régimen. “Al final, queda la idea de que solo sirve para blanquear dinero. Y no es así”, comentó un especialista, quien lamentó que “una buena simplificación” termine inmersa en la agenda política.
El objetivo detrás de la ley no está en discusión. Más allá de la adhesión de los funcionarios y de sus familiares directos, la implementación no estuvo a la altura de las expectativas.
Por algo el ministro de Economía pasó de recomendar a los contribuyentes que “no le hagan caso a los contadores” a escuchar las sugerencias de los profesionales para que el plan para captar los “dólares del colchón” se ponga en marcha.
La gran pregunta es si los legisladores levantarán la mano para aprobar la versión “2.0″ de la Ley de Inocencia Fiscal. Por estas horas, este interrogante no solo ocupa a los especialistas que deben asesorar a sus clientes, sino también a aquellos contribuyentes que tienen intención de exteriorizar sus ahorros no declarados.
Suele hablarse de los “dólares del colchón”. Sin embargo, el principal beneficio de la ley es la presunción de exactitud, conocida como el “tapón fiscal”.
Si un contribuyente adhiere, presenta la Declaración Jurada Simplificada y paga en término el impuesto correspondiente, accede al efecto liberatorio del pago (sobre el período fiscal base) y a la presunción de exactitud.
Este último concepto es relevante porque se trata de un blindaje jurídico sobre los períodos ya declarados; un “tapón hacia atrás” que cubre los tres años fiscales anteriores. Por ejemplo, si presentaste la declaración jurada en 2025, te cubre 2022, 2023 y 2024, salvo que ARCA detecte una discrepancia significativa (un incremento del 15% más del impuesto a favor del fisco, una disminución del saldo a favor del contribuyente o una disminución del quebranto).
“Ahora ARCA te predetermina el impuesto y pone a disposición la información que tiene de vos en la Declaración Jurada (tenés opción de editarla y/o agregar si considerás que hay un error o es necesario), y solo se focaliza en lo que facturaste y los gastos deducibles. De esta manera, con el Régimen Simplificado de Ganancias, el organismo ya no mira tus gastos personales ni tus cambios patrimoniales”, señalan desde ARCA.
En definitiva, el problema de fondo no es el “tapón fiscal” —los contadores en su mayoría están a favor—, sino que un funcionario público tenga acceso a dicho beneficio del régimen simplificado del impuesto a las Ganancias.
