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Cuánto deben cobrar los feriados de Semana Santa quienes trabajan

La Semana Santa 2024 tiene días no laborables y feriados, lo cual afecta tanto a empleadores como a empleados. En particular, el jueves 28 y el viernes 29 de marzo presentan diferencias significativas en este contexto.

El Jueves Santo se clasifica como un día no laborable, ofreciendo a los empleadores la facultad de decidir si se trabaja o no, y en caso de hacerlo no se pagará el doble al empleado.

Por otro lado, el Viernes Santo se establece como un feriado nacional, lo que implica una serie de normativas legales, particularmente en lo que respecta al pago a los empleados. Según la Ley de Contrato de Trabajo, si un empleado trabaja durante este día feriado, debe recibir una remuneración doble en comparación con una jornada laboral normal.

La Semana Santa de este año presenta una extensión particular debido a la inclusión de un feriado puente con fines turísticos el 1 de abril, seguido del feriado nacional del 2 de abril, en conmemoración del Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas. Esta secuencia de días no laborables y feriados crea un fin de semana largo, ofreciendo una oportunidad para el descanso extendido y el turismo.

Feriados inamovibles:

  • 29 de marzo: Viernes Santo
  • 1 de abril: Feriado con fines turísticos
  • 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas
  • 1 de mayo: Día del Trabajador
  • 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo
  • 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano
  • 21 de junio: Feriado con fines turísticos
  • 9 de julio: Día de la Independencia
  • 11 de octubre: Feriado con fines turísticos
  • 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María
  • 25 de diciembre: Navidad

Feriados trasladables:

  • 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes
  • 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín
  • 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural
  • 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada al lunes 18)

Por lo general, cuando los feriados caen en días martes o miércoles, se trasladan al lunes anterior, mientras que aquellos que coinciden con jueves o viernes se trasladan al lunes siguiente. En este caso particular, solo se trasladaría el Día de la Soberanía Nacional.

Días no laborables:

  • 28 de marzo: Jueves Santo Festividad Cristiana
  • 10 de abril: Fiesta de la Ruptura del Ayuno del Sagrado Mes de Ramadán (Id al-Fitr)
  • 23, 24 de abril: Primeros dos días de la Pascua Judía
  • 29, 30 de abril: Últimos dos días de la Pascua Judía
  • 24 de abril: Día de acción por la tolerancia y el respeto entre los pueblos (a)
  • 7 de julio: Año Nuevo Islámico
  • 3, 4 de octubre: Año Nuevo Judío

Cuáles son los próximos fin de semana largos de 2024

  • Desde el 15 de junio al 17 de junio: 3 días de descanso.
  • Desde el 20 de junio al 23 de junio: 4 días de descanso.
  • Desde el 11 de octubre al 14 de octubre: 4 días de descanso.
  • Desde el 16 de noviembre al 18 de noviembre: 3 días de descanso.

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