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Exigen que se retire este reconocido arroz de todos los supermercados y puntos de venta

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la fabricación y venta en todo el país de un marca de arroz proveniente de Bolivia.

Esta acción se llevó a cabo luego de que se determinara que el productotenía una rotulación que no cumplía con la legislación argentina.

La Disposición 3153/2024, publicada este martes en el Boletín Oficial, fue emitida por el organismo dependiente del Ministerio de Salud con el objetivo de resguardar la salud de los ciudadanos.

El organismo prohibió la venta del producto rotulado como «Arroz pulido tipo largo fino calidad 00000 marca Arroz Gallo – Grano de Oro, Peso neto 1 kg, Elaborado por Molino El Japonés S.R.L, fraccionado por Leoncio Laura Marquez – Envasado en Yacuiba». 

El Instituto de Control de Alimentación y Bromatología de la provincia de Entre Ríos (ICAB) informó que tomó conocimiento de la comercialización del producto en la provincia de Salta, solicitó la toma de muestra oficial reglamentaria para evaluación de rótulo al Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Entre Ríos y notificó que tanto el Registro Nacional de Establecimiento (RNE) como el Registro Nacional de Producto Alimenticio (RNPA) que se exhiben en el rótulo del producto, «son existentes y se encuentran vigentes».

En tanto, el ICAB se comunicó con la firma dueña El Japonés S.R.L. para solicitar información sobre el producto y, debido a que en el rótulo del producto investigado figura como envasador una firma con dirección correspondiente a Bolivia, se consultó sobre su presunta venta a otros fraccionadores.

La empresa informó ser proveedora de arroz a granel y, como evidencia, presentó la factura de exportación que constata la relación comercial la empresa comercializadora de arroz en Bolivia. 

Además, manifestaron que dado que el producto es provisto a granel y que la empresa boliviana es quien lleva a cabo el proceso de fraccionamiento y rotulado, «se deslindan de toda responsabilidad respecto a la información, marca, gráfica o condiciones del producto en cuestión».

El Departamento de Higiene de los Alimentos de la provincia de Salta notificó del incidente a las autoridades bromatológicas de los municipios involucrados, a fin de verificar su comercialización.

Las autoridades notificaron la evidencia de que el producto fue exportado a granel a Bolivia y reingresó al país fraccionado por otra empresa. En consecuencia, la Dirección informó que no constan en el Departamento de Comercio Exterior de Alimentos antecedentes de registro del producto, como así tampoco antecedentes de su ingreso.

La resolución de ANMAT

Por estos motivos, el producto fue envasado en Bolivia fue encontrado «en infracción al artículo 4° de la Ley N° 18284, el artículo 4° del Anexo II del Decreto N° 2126/71 y los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA)».

Entre las razones se encuentra carecer de «registro de establecimiento y de producto, y por estar falsamente rotulado al exhibir en su rótulo números de registros pertenecientes a otro elaborador y a otro producto, resultando ser en consecuencia un producto ilegal», rezó el Boletín Oficial.

Además, explicaron que el producto «no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado», por lo que «no podrá ser elaborado en ninguna parte del país, ni comercializado ni expendido» en todo el país.

Tras el incidente, la ANMAT prohibió la elaboración, fraccionamiento y comercialización del producto «Arroz pulido tipo largo fino calidad 00000 marca Arroz Gallo – Grano de Oro, Elaborado por Molino El Japonés S.R.L, RNPA: 025/08002325-3-7/001, RNE: 025/08002325-3-7 Fraccionado por Leoncio Laura Marquez – Envasado en Yacuiba».

Desde la empresa El Japonés SRL informaron que se trata de un molino arrocero que no sólo comercializa arroz bajo su propia marca, sino que también es proveedor de otras marcas en Argentina y en otros países, a través de la exportación de granos. 

Según aclararon, el producto prohibido por la ANMAT constaba de materia prima proveniente de la marca argentina, que luego fue exportada a la marca Gallo de Bolivia. Allí, la compañía del país vecino realizó un fraccionamiento y envasado, teniendo en cuenta las legislaciones de ese país.

En ese sentido, la empresa arrocera explicó que la resolución de ANMAT, que impide la comercialización del producto se debió a que la marca Gallo de Bolivia «no cumplió con la legislación argentina en la información necesaria de su envase y de rótulo».

«El Japonés SRL no participa en modo alguno a través de sociedad o cualquier otra figura jurídica en el envasado, fraccionamiento o utilización de marca con la empresa Gallo de Bolivia», remarcaron desde la compañía argentina, la cual reiteró que sólo actuó «en carácter de proveedor de granos».

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