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La Corte Suprema dejó la firme la condena a prisión perpetua de Nahir Galarza

La Corte Suprema de Justicia de la Nación desestimó el recurso de última instancia presentado por la defensa de Nahir Galarza y dejó firme la condena a prisión perpetua por el crimen de su novio Fernando Pastorizzo, a quien mató de dos disparos.

En el fallo, que lleva las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Juan Carlos Maqueda, se detalla lo siguiente: “Las decisiones de esta Corte no son, en principio, susceptibles de recurso alguno”.

De este modo, la Corte desestimó la presentación del recurso de queja de los letrados que en julio de este año, solicitaron la reposición del veredicto al sostener que «en esa decisión existieron errores esenciales en la apreciación de los antecedentes del caso y que, de no ser subsanados, se violentarían derechos constitucionales y convencionales».

La defensa de Galarza también había pedido que se declare la inconstitucionalidad del artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. A lo que los jueces respondieron: «Ello así, toda vez que la parte recurrente no pudo desconocer que el citado artículo faculta a la Corte a resolver de ese modo y era previsible que su recurso pudiese ser desestimado por aplicación de la mencionada norma, de modo que debió plantear tales cuestiones al tiempo de interponer el recurso extraordinario”.

Durante la investigación se constató que Galarza y Pastorizzo iban a bordo de una motocicleta conducida por la víctima, cuando la condenada extrajo de entre sus pertenencias una pistola calibre 9mm y disparó contra su pareja por la espalda, que inmediatamente cayó al piso.

Luego, Galarza efectuó un segundo disparo «con claras intenciones de menoscabar la vida de Pastorizzo porque dichas balas tuvieron orificio de entrada y de salida produciendo una lesión bronco-pulmonar derecha, produciéndole el deceso momentos después», agrega la resolución de la Corte.

“La acusada se ha valido de la confianza que existía con Pastorizzo para concretar su ataque a la vida de éste, puesto que es indudable que la víctima condujo su motocicleta desde la casa de Galarza hasta el lugar donde fuera ultimado, transportando detrás suyo a su pareja, sin tener conocimiento de lo que le ocurriría, y sin esperar o sospechar siquiera un comportamiento como el acontecido. Y esa confianza es la que pone a la víctima en una particular situación de indefensión”, dice el texto.

En 2018 la Cámara de Casación Penal de Entre Ríos decidió que la joven fuese trasladada a una cárcel común de mujeres en Paraná para su resguardo. El 3 de julio de 2019, la Cámara de Casación de Concordiaconfirmó la condena, por lo que la defensa apeló esa decisión y el 4 de marzo de 2020 la Sala primera en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Entre Ríos no hizo lugar al planteo.