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Deudas impositivas. ARCA lanza un plan especial para clínicas y sanatorios

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó este jueves un régimen especial de facilidades de pago destinado a clínicas, sanatorios y demás establecimientos de salud con internación, con el objetivo de que puedan regularizar deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social.

La medida fue establecida mediante la Resolución General 5858/2026, publicada en el Boletín Oficial, donde el organismo argumentó que el sector atraviesa una situación económica y financiera que justifica la adopción de herramientas específicas para facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y garantizar la continuidad de la prestación de servicios sanitarios.

Según la norma, podrán incorporarse al régimen las obligaciones vencidas y las multas aplicadas hasta el 31 de mayo de 2026, aunque la adhesión no implicará reducción de intereses ni liberación de sanciones.

El plan permitirá financiar las deudas en hasta 60 cuotas mensuales, iguales y consecutivas, con un pago a cuenta equivalente al 3% del monto consolidado. Además, cada cuota deberá tener un valor mínimo de $50.000.

La tasa de financiación será equivalente al 50% de la tasa de interés resarcitorio vigente al 9 de junio de 2026, de acuerdo con lo establecido por el Ministerio de Economía.

Para acceder al beneficio, los contribuyentes deberán estar incluidos en la nómina que el Ministerio de Salud remitirá a ARCA y contar con la caracterización «481 – Establecimientos de Salud con Internación» dentro del sistema registral del organismo recaudador.

La resolución excluye del régimen, entre otros conceptos, los aportes y contribuciones destinados a obras sociales, las cuotas de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), los anticipos y pagos a cuenta, determinadas obligaciones vinculadas al IVA y los planes de facilidades de pago que ya se encuentren vigentes.

Tampoco podrán adherir personas o empresas con condenas firmes por delitos tributarios, aduaneros o vinculados al incumplimiento de obligaciones fiscales y previsionales.

El acogimiento podrá realizarse entre el 9 de junio y el 30 de septiembre de 2026 a través del servicio «Mis Facilidades» de ARCA.

La norma establece además que los planes caducarán automáticamente cuando se registren dos cuotas impagas, consecutivas o alternadas, o cuando quede sin cancelar la última cuota del acuerdo durante más de 60 días. En esos casos, ARCA quedará habilitada para iniciar acciones judiciales por el cobro de la deuda pendiente.

¿Quiénes pueden adherir?

  • Establecimientos de salud con internación comprendidos en la Ley 17.132.
  • Deben estar incluidos en la nómina enviada por el Ministerio de Salud y contar con la caracterización «481 – Establecimientos de Salud con Internación».

Qué deudas se pueden incluir

  • Obligaciones impositivas.
  • Recursos de la seguridad social.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Obligaciones aduaneras.
  • Multas e intereses vinculados.

Hasta cuándo deben estar vencidas

  • Obligaciones vencidas y multas aplicadas hasta el 31 de mayo de 2026.

Condiciones del plan

  • Hasta 60 cuotas mensuales.
  • Anticipo del 3% de la deuda consolidada.
  • Tasa de financiación equivalente al 50% de la tasa resarcitoria vigente al 9 de junio de 2026.
  • Cuota mínima de $50.000.
  • Sin límite en la cantidad de planes que se pueden presentar.

Plazo de adhesión

  • Desde el 9 de junio hasta el 30 de septiembre de 2026.

Cuándo cae el plan

  • Si se dejan de pagar dos cuotas (consecutivas o alternadas) o la última cuota durante más de 60 días.

El Gobierno declaró en situación de crisis a cinco obras sociales luego de detectar incumplimientos en materia contable, financiera y prestacional. La medida fue oficializada este martes a través de una serie de resoluciones publicadas en el Boletín Oficial por la Superintendencia de Servicios de Salud.

Según las resoluciones 934, 935, 936, 937 y 938, todas las obras sociales presentaron un “factor de criticidad superior al valor límite” previsto en el Decreto 1400/2001, normativa que regula el procedimiento para los agentes del seguro de salud que atraviesan una situación de crisis.

Las entidades alcanzadas son la Obra Social de Maquinistas de Teatro y Televisión, la Obra Social del Personal de Dirección de la Empresa Subterráneos de Buenos Aires, la Obra Social Modelos Argentinos, la Obra Social de Serenos de Buques y la Obra Social de Obreros de Empacadores de Fruta de Río Negro y Neuquén.

La Superintendencia de Servicios de Salud explicó que los incumplimientos detectados abarcan distintos aspectos prestacionales, jurídico-institucionales, económicos y de atención a los afiliados. Entre las observaciones figuran faltas en la presentación de memorias y balances, presupuestos de gastos y recursos, estados financieros y estadísticas de prestaciones médicas.

En el caso de la Obra Social del Personal de Dirección de la Empresa Subterráneos de Buenos Aires, el organismo también detectó incumplimientos vinculados al Programa Médico Obligatorio, la actualización de autoridades y el padrón de afiliados.

Por su parte, la Obra Social de Obreros de Empacadores de Fruta de Río Negro y Neuquén registró observaciones relacionadas con la cartilla destinada a beneficiarios y documentación vinculada al Programa Médico Obligatorio.

Las resoluciones establecieron que las cinco entidades deberán presentar un “Plan de Contingencia” dentro de un plazo máximo de 15 días desde la notificación oficial. Ese programa deberá incluir metas trimestrales de cumplimiento y acciones concretas para revertir la situación observada. Además, la Superintendencia de Servicios de Salud facultó a las distintas gerencias que integran el Comité de Evaluación y Seguimiento de Crisis y Liquidación de los Agentes del Seguro de Salud para monitorear la evolución de cada caso.

El organismo sostuvo que las medidas se adoptaron tras los informes correspondientes al primer trimestre de 2026 y recordó que el régimen vigente prevé mecanismos especiales de control para garantizar la continuidad de las prestaciones a los afiliados mientras las entidades atraviesan el proceso de regularización.