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Arrancó el “mini RIGI” para Pymes

Las Pymes que tengan previsto realizar una inversión productiva ya pueden comenzar a tramitar los beneficios fiscales del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones (RIMI). ARCA puso en marcha esta semana el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), la nueva plataforma digital que permite registrar los proyectos, seleccionar los incentivos y hacer el seguimiento de las inversiones.

El sistema comenzó a funcionar el 25 de agosto, a partir de la entrada en vigencia de la Resolución General 5889/2026. Por ahora, el RIMI es el primer régimen incorporado al SGI. La herramienta busca concentrar en un solo lugar la información de las inversiones y realizar controles tempranos con los datos que ya posee ARCA.

Aunque suele ser presentado como un “mini RIGI para Pymes”, el RIMI tiene reglas y alcances propios. La comparación sirve para entender su objetivo: ofrecer incentivos tributarios para que empresas de menor tamaño realicen inversiones productivas en la Argentina.

El RIMI fue creado por el Título XXIII de la Ley 27.802 y alcanza a micropequeñas medianas empresas hasta Mediana Tramo 2, por las inversiones productivas que realicen en el país. El objetivo es promover inversiones, mejorar la competitividad, desarrollar cadenas de valor, incrementar las exportaciones y favorecer la creación de empleo.

Para una Pyme, un requisito central es contar con el Certificado MiPyME vigente al primer día del mes en que comienza el ejercicio fiscal en el que se realiza la primera inversión y estar caracterizada como MiPyME en el Sistema Registral de ARCA.

Si la empresa realiza su primera inversión durante el ejercicio fiscal en el que inicia actividades, debe contar con el certificado al momento de concretarla.

El régimen contempla las inversiones productivas realizadas durante los dos primeros años de vigencia, de acuerdo con las condiciones establecidas por la ley y su reglamentación.

Uno de los puntos centrales del RIMI es que el monto mínimo requerido depende del tamaño de la empresa. La escala establecida por la ley es la siguiente:

  • Microempresas: deben realizar inversiones por al menos u$s 150.000.
  • Pequeñas empresas: el mínimo es de u$s 600.000.
  • Medianas empresas Tramo 1: deben alcanzar una inversión mínima de u$s 3,5 millones.
  • Medianas empresas Tramo 2: el piso asciende a u$s 9 millones.

Los montos se computan netos de IVA. La inversión debe alcanzar el mínimo correspondiente dentro del período previsto por el régimen.

Hay, además, una excepción importante: determinadas inversiones pueden acceder al régimen sin estar sujetas a esos montos mínimos. Es el caso de sistemas y equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, mallas antigranizo para el sector agropecuario y determinados bienes semovientes.

El RIMI no está pensado para cualquier gasto de una empresa. La inversión debe ser productiva.

La normativa contempla, entre otros, bienes muebles nuevos amortizables, con excepción de los automóviles, siempre que estén destinados directamente al desarrollo de actividades productivas en la Argentina.

También pueden quedar alcanzadas determinadas obras productivas realizadas en el país.

En el caso de los bienes de capital y de informática y telecomunicaciones, la reglamentación establece los bienes que pueden ser incluidos. También existen listados específicos para determinados sectores, como energía y agro.

En el sector agropecuario aparecen, además, los sistemas y equipos de riego, las mallas antigranizo y determinados bienes semovientes. En materia energética, el régimen incluye inversiones vinculadas con la eficiencia energética y las energías renovables, entre otras alternativas.

Quedan afuera, en cambio, las inversiones en activos financieros, inversiones de portfolio y bienes de cambio.

El atractivo principal del régimen está en dos incentivos tributarios: amortización acelerada en Ganancias y devolución de créditos fiscales de IVA.

La amortización es el mecanismo mediante el cual una empresa reconoce fiscalmente, a lo largo del tiempo, el costo de un bien que utiliza para generar ingresos.

El RIMI permite acelerar ese reconocimiento y, por lo tanto, adelantar el cómputo del gasto a efectos del Impuesto a las Ganancias.

Para los bienes muebles amortizables alcanzados por el régimen, la ley establece que pueden amortizarse en dos cuotas anuales iguales y consecutivas, en lugar de hacerlo durante toda su vida útil fiscal.

Para las obras, la cantidad de cuotas surge de considerar una vida útil reducida al 60% de la estimada.

En determinados casos (como equipos de riego, bienes de alta eficiencia energética, bienes semovientes amortizables y mallas antigranizo) la amortización puede realizarse en una sola cuota.

En términos simples: la empresa no paga menos Ganancias necesariamente por el hecho de utilizar el régimen, pero puede adelantar la deducción fiscal, lo que mejora el flujo de fondos durante los primeros años de la inversión.

El segundo beneficio apunta al IVA acumulado en las inversiones productivas.

Los créditos fiscales generados por las inversiones alcanzadas pueden solicitarse para su devolución una vez transcurridos tres períodos fiscales mensuales desde aquel en que resultó procedente su cómputo.

Para una Pyme que realiza una inversión importante, el beneficio puede ser relevante no sólo desde el punto de vista tributario sino también financiero: permite recuperar antes parte del IVA asociado al desembolso productivo.

La novedad de esta semana es que ya está habilitado el canal digital para comenzar el trámite. ARCA implementó el Sistema de Gestión de Inversiones (SGI), que será la puerta de entrada para registrar las inversiones y gestionar los beneficios del RIMI.

El nuevo sistema permite administrar el proyecto de inversión de manera integral y seleccionar el beneficio fiscal que se pretende utilizar.

Antes de iniciar la gestión, la empresa debe tener en orden sus datos y condiciones fiscales, incluyendo la caracterización como MiPyME cuando corresponda.

El circuito comienza con el registro del proyecto de inversión. Allí se deben informar las inversiones productivas y asociarlas al proyecto correspondiente. Cuando corresponda, también se indica la fecha de puesta en marcha de la inversión.

El SGI mostrará además los comprobantes electrónicos que ya figuran en las bases de ARCA. El contribuyente deberá validarlos y podrá realizar modificaciones, agregar comprobantes o eliminar información cuando sea necesario. También puede cargar datos manualmente o mediante importación.

El sistema permite, además, presentar la documentación adicional que sea requerida según las características de cada régimen y hacer un seguimiento de la evolución de las inversiones.

La elección del beneficio fiscal debe realizarse al registrar el proyecto en el SGI, pero el procedimiento posterior cambia según el incentivo elegido.

Si se busca recuperar el IVA, el sistema permite presentar una presolicitud. Después, el contribuyente deberá formalizar el pedido siguiendo el procedimiento específico establecido por ARCA para el recupero de créditos fiscales.

Si se elige la amortización acelerada en Ganancias, la información debe cargarse en el SGI antes del vencimiento de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias en la que se pretenda incorporar esa amortización.

Existe, además, una regla clave: debe haber consistencia entre la información del SGI y la declaración jurada de Ganancias. Los bienes informados y la amortización computada deberán coincidir con los datos registrados en el sistema.

De esta manera, el SGI funcionará como una especie de registro previo de la inversión y de los beneficios que luego serán utilizados en las declaraciones tributarias.

El RIMI puede representar un alivio financiero importante para una Pyme que esté por comprar maquinaria, ampliar una planta, incorporar tecnología o realizar determinadas inversiones productivas. Pero no se trata de un beneficio automático por el solo hecho de invertir.

La empresa debe cumplir las condiciones previstas por la normativa y poder acreditar correctamente las inversiones realizadas. ARCA y los organismos involucrados podrán realizar controles sobre la información y la documentación presentada.

En caso de incumplimientos que provoquen la caducidad del régimen, el contribuyente puede quedar obligado a restituir créditos fiscales recuperados o ingresar las diferencias de Ganancias correspondientes, además de intereses y las sanciones que pudieran corresponder.

Por eso, para una empresa que esté evaluando una inversión de entre u$s 150.000 y u$s 9 millones, el RIMI puede convertirse en una herramienta concreta para mejorar el tratamiento fiscal y financiero del proyecto.