Facundo Jones Huala llegó a un acuerdo con la Fiscalía federal y, a través de un juicio abreviado, admitió haber formado parte de la Resistencia Ancestral Mapuche (RAM). Como resultado de ese acuerdo, homologado por el juez federal de Bariloche, Leandro Gómez Constenla, recibió una condena de cinco años y dos meses de prisión de cumplimiento efectivo.
La calificación legal por la que fue sentenciado corresponde al artículo 213 bis del Código Penal, norma que castiga con penas de entre tres y ocho años de prisión a quienes organicen o integren agrupaciones orientadas a imponer sus ideas o enfrentar las de otros mediante la fuerza o la intimidación.
Según se estableció, el dirigente mapuche permanecerá detenido en un primer momento hasta 2030. No obstante, el tiempo efectivo que le resta cumplir se calculará tomando en cuenta el período que ya lleva en prisión preventiva, que comenzó el 6 de junio de 2025, cuando fue detenido en El Bolsón tras participar de la presentación pública de un libro en Bariloche. Desde ese momento, continuó privado de su libertad a disposición de la Justicia federal
El expediente que investigó el vínculo de Jones Huala con la RAM había arrancado con una acusación de mayor alcance que la finalmente acordada. Entre las figuras penales que se analizaron a lo largo de la investigación se encontraban la intimidación pública, la incitación a la violencia colectiva, la asociación ilícita y la apología del delito, cargos que quedaron fuera del acuerdo homologado por el juez.
También se evaluó la posibilidad de aplicar el artículo 210 bis del Código Penal, que sanciona a las organizaciones dedicadas a atentar contra el orden constitucional y prevé penas más severas que las finalmente impuestas. Esa calificación, sin embargo, tampoco integró el acuerdo final.
La hipótesis central de la investigación —declarada de instrucción compleja, lo que derivó en sucesivas prórrogas de la prisión preventiva— sostenía que Jones Huala había ejercido un rol de conducción dentro de la RAM durante varios años.
Uno de los ejes de la negociación entre las partes fue, justamente, la calificación legal de los hechos. Mientras la Fiscalía había impulsado en un inicio una imputación más grave, la defensa del dirigente mapuche se opuso a esa postura y orientó sus esfuerzos para que la resolución quedara circunscripta a su participación dentro de la organización.
Durante el proceso también se tuvo en cuenta una condena previa que Jones Huala había recibido en Chile. Finalmente, el expediente se cerró mediante el mecanismo de juicio abreviado, con la homologación del acuerdo por parte del juez Gómez Constenla.
