Un jubilado de 72 años que perdió $400.000 en una ciberestafa recibirá una indemnización superior a los $10 millones luego de que la Justicia responsabilizara a un banco por las fallas en los mecanismos de seguridad de sus servicios digitales. El hombre había sido engañado por delincuentes que utilizaron el nombre y el logotipo de una entidad bancaria estatal para convencerlo de que su cuenta estaba bloqueada y necesitaban verificar sus datos para protegerla.
El fallo fue dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de La Plata, en el expediente iniciado por el tesorero de un colegio contra el banco por incumplimiento contractual y daños y perjuicios. La sentencia hizo lugar a la demanda y estableció que la transferencia realizada el 30 de noviembre de 2022 no podía considerarse una operación consentida por el titular de la cuenta.
En consecuencia, ordenó al banco pagarle un total de $10.156.000, integrado por la restitución de los $400.000 sustraídos, una compensación por daño moral ($3.000.000), otra por incapacidad psicológica ($4.000.000), el costo de un tratamiento terapéutico ($756.000) y una multa civil por las deficiencias detectadas en el servicio ($2.000.000)
La decisión judicial puso el foco en un aspecto central de las estafas bancarias digitales: aunque los delincuentes hayan conseguido utilizar códigos auténticos de seguridad, eso no significa necesariamente que el titular de la cuenta haya autorizado la operación. Para el tribunal, la entidad financiera debía contar con herramientas capaces de detectar movimientos inusuales y prevenir maniobras fraudulentas.
El episodio ocurrió el 30 de noviembre de 2022. Ese día, el hombre debía realizar una transferencia a un proveedor de una escuela de Florencio Varela, donde se desempeñaba como tesorero. Además de esa cuenta vinculada al establecimiento educativo, tenía una cuenta bancaria personal en un banco estatal.
Mientras intentaba realizar la operación, recibió un mensaje de WhatsApp que exhibía el logotipo de la entidad financiera. Del otro lado le informaron que se había detectado un inconveniente relacionado con movimientos sospechosos y que su cuenta se encontraba bloqueada.
Los interlocutores le indicaron que debía seguir una serie de pasos para solucionar el supuesto problema. Convencido de que estaba comunicándose con personal del banco, el hombre proporcionó varios códigos Token, bajo el argumento de que eran necesarios para realizar una verificación de seguridad y recuperar el acceso a sus productos bancarios.
Sin embargo, detrás de esa comunicación había una maniobra fraudulenta. Minutos después, cuando se comunicó telefónicamente con el banco para consultar por la situación, descubrió que desde su cuenta personal se había realizado una transferencia de $400.000 a una cuenta de otra entidad financiera, a nombre de Gastón Aclicio Sosa.
El hombre aseguró que no conocía al destinatario, que nunca había ordenado ese movimiento y que tampoco había autorizado que se retirara ese dinero de su cuenta.
El jubilado había cobrado sus haberes apenas dos días antes. Según expuso durante el proceso judicial, los delincuentes parecían contar con información sobre sus datos personales y sus movimientos bancarios, lo que contribuyó a que confiara en la comunicación recibida.
Ese mismo 30 de noviembre presentó un reclamo ante el banco para desconocer la transferencia. Posteriormente, el 6 de diciembre realizó la denuncia penal correspondiente y aportó la conversación de WhatsApp que había mantenido con los supuestos empleados bancarios.
La jueza Gladys Cardoni destacó que el hombre había desconocido la transferencia desde el mismo día en que se produjo y que su relato se mantuvo durante todo el proceso. También valoró la conversación de WhatsApp, el formulario de reclamo presentado ante el banco y la denuncia penal.
Por eso, concluyó que entregar códigos de seguridad bajo engaño no equivalía a expresar la voluntad de transferir $400.000 a una persona desconocida.
“La sentencia también aplicó la Ley de Defensa del Consumidor, que establece obligaciones especiales para las entidades financieras en materia de seguridad, información y prevención de daños”, explicó el abogado Marcelo Szelagowski, que representa al jubilado estafado.
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El letrado interpretó que “este fallo resulta ejemplificador ya que los bancos jamás han hecho las inversiones para estar a la altura de las protecciones necesarias contra la ciberdelincuencia”.
