Tras revocar la sentencia de 20 años de cárcel, el Tribunal de Impugnación de Neuquén condenó a prisión perpetua a Pedro Daniel Cides, principal acusado del asesinato de Franco Daniel Ramírez, ocurrido en 2025 en la localidad de Loncopué.
El crimen ocurrió el 1 de junio de 2025 durante un partido de truco en el que ambos compartían bebidas alcohólicas. Cides atacó a Ramírez con un cuchillo, lo apuñaló en el corazón y le provocó la muerte en el acto.
El jurado popular lo había declarado culpable de homicidio agravado por alevosía en abril de 2026, pero la jueza Carolina González, al momento de fijar la pena, consideró inconstitucional la prisión perpetua e impuso una de 20 años de cárcel.
La Fiscalía presentó la impugnación ante el tribunal y los jueces dictaron la nueva sentencia.
La decisión del Tribunal de Impugnación, integrado por las juezas Patricia Lupica Cristo, Liliana Deiub y el juez Andrés Repetto, se tomó por unanimidad luego de analizar el recurso presentado por la Fiscalía, consignó LM Neuquén.
El planteo indicaba que la jueza González «no fundamentó la declaración de inconstitucionalidad» de la prisión perpetua y que la pena de 20 años no estaba contemplada en el Código Penal para este tipo de delito.
La Fiscalía señaló que la magistrada se basó en la edad de Cides (60 años) y en su expectativa de vida para fijar la condena, lo que permitiría que el condenado pudiera solicitar la libertad condicional a los 73, al cumplir dos tercios de la pena.
Sin embargo, ese argumento no fue tratado en la audiencia y, para los jueces del Tribunal de Impugnación, afectó el derecho de las partes a debatir la decisión.
Los jueces recordaron que el artículo 80 del Código Penal establece la prisión perpetua para los homicidios agravados por alevosía y que la declaración de inconstitucionalidad debe ser el último recurso, solo aplicable en casos excepcionales.
Con la revocatoria, el Tribunal de Impugnación dictó la prisión perpetua para Cides, tal como exige la ley para los homicidios de esta calificación.
